La magistrada presidenta del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF), Mónica Soto, rechazó que esta instancia jurisdiccional esté invadiendo competencias de la Suprema Corte al ordenar al Senado que sea quien elija, a través de una tómbola, las candidaturas que competirán en la próxima elección judicial y cuya tarea le correspondía al Comité de Evaluación del Poder Judicial.
En conferencia de prensa, junto a los magistrados Felipe de la Mata y Felipe Fuentes Barrera, la titular del máximo tribunal en materia electoral justificó dicha resolución señala por un lado, que la reforma electoral no la detuvo la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN), al tiempo que sobre los amparos que se han interpuesto, tampoco se ha pronunciado.
En tanto, al ser cuestionada sobre por qué no esperar a que la Corte se pronuncié al respecto, la magistrada presidenta advirtió que los tiempos están acotados y en materia electoral no son los mismo que tiene la Corte.
«Yo creo que tenemos que hacer cada quien lo que nos toca. Al Tribunal le toca garantizar que un proceso electoral se lleve a cabo y llegue a buen puerto su resolución», añadió.
Por su parte, el magistrado Felipe de la Mata Pizaña, defendió el fallo asegurando que va a haber elección, porque la Constitución lo mandata y esta será conforme a derecho y va a servir de ejemplo para el mundo.
“¿Se entorpece la elección? Yo le diría que no. Creo que está justamente pasando lo contrario. Si alguien está queriendo entorpecer la elección, no sé si sea el caso, pues lo que estamos haciendo es quitar todas las piedritas en el camino”, enfatizó.
Finalmente, la magistrada presidenta enfatizó que debido a que la etapa final de evaluación de candidatos culmina el 31 de enero,será el Senado quien, sin emitir ningún pronunciamiento y ningún juicio de valor, realice la elección final de las candidaturas.
De último momento, la Sala Superior del TEPJF ordenó al Senado de la República incluir a la tómbola que definirá las candidaturas del Poder Judicial, a 181 aspirantes a juzgadores que fueron rechazados por el Comité de Evaluación del Poder Judicial.
De acuerdo con el fallo, estas personas cumplen con los requisitos de elegibilidad, pues contrario a lo determinado por el Comité, en algunos casos los estudios de especialidad, maestría y doctorado resultaban válidos para que se analizará si se cumplía con el promedio de 9 puntos en las materias afines para el cargo al que se postulan.
También se determinó que era suficiente incorporar en la carta bajo protesta los requisitos que establece la Constitución general, así como la manifestación genérica de cumplir con los mismos.
Cabe señalar que, con estos casos, en las últimas semanas, el TEPJF ha reintegrado a las listas de aspirantes de tres comités evaluadores a por lo menos 200 aspirantes rechazados.