Sanción de 3 a 6 años de cárcel para quien realice peleas de perros, propone PVEM

A fin de sancionar con mayor rigor las peleas de perros, el Grupo Parlamentario del Partido Verde Ecologista (GPPVEM), en la Cámara de Diputados, propuso aumentar las penas para establecer, en el Código Penal Federal, un castigo de tres a seis años de prisión y el equivalente de 200 a dos mil días de multa a quien se dedique a esta actividad ilícita.

En su iniciativa, el diputado Mario Alberto López Hernández, señala que las peleas de perros, no solo son un acto de crueldad animal, sino también una actividad que refleja lo peor de la condición humana por lo que es necesario que la penalidad, que en la actualidad es de seis meses a cinco años de prisión, se incremente ya que, aunque en 2017, México dio un paso importante al prohibir esta práctica y sancionar a los responsables, la realidad es que aún persiste en la clandestinidad.

El legislador ecologista apuntó que los perros involucrados en estas peleas no son animales peligrosos por naturaleza, son víctimas de un sistema que los somete a entrenamientos crueles, hambre, golpes y explotación, todo para satisfacer un espectáculo basado en la violencia y las apuestas.

“No podemos olvidar que detrás de cada pelea hay sufrimiento, pues estos animales son obligados a enfrentarse en combates que terminan en heridas graves, mutilaciones o la muerte. Y cuando un perro deja de ser útil para las peleas, muchas veces es abandonado, asesinado o tratado como un objeto descartable”, añadió.

Destacó que las peleas de perros no son solo un problema de bienestar animal, también están vinculadas a otras actividades ilícitas como el tráfico de drogas, las apuestas ilegales y la violencia organizada. “Al tolerar estas prácticas, perpetuamos un ciclo de impunidad y deshumanización que afecta a toda nuestra comunidad”, indicó.

Resaltó que entre las principales consecuencias de esta práctica se encuentra el estigma que afecta a ciertas razas, como los American Pitbull, debido a su frecuente uso en combates. Esto ha llevado a que, en diversos países, su tenencia sea regulada o incluso prohibida, bajo el argumento de que no son aptos para convivir con otros seres vivos.

Por todo ello, López Hernández propuso reformar el artículo 419 Bis del Código Penal donde se establecen las penalidades en contra de quien críe o entrene a un perro con el propósito de hacerlo participar en cualquier exhibición, espectáculo o actividad que involucre una pelea entre dos o más perros para fines recreativos, de entretenimiento o de cualquier otra índole.

Asimismo, para quien posea, transporte, venda o compre perros para tal fin; organice, promueva, anuncie, patrocine o venda entradas para estos espectáculos; posea o administre una propiedad para este tipo de actividad y ocasione que un menor asista a estas exhibiciones. La pena se incrementa en una mitad si la persona responsable es servidor público y se impondrá un tercio de la pena a quien asista como espectador.

“Debemos de recordar que la ley no es suficiente si no hay conciencia social y acción ciudadana, con la aprobación de esta iniciativa un México sin violencia animal, es posible”, subrayó.