Avanzan en Comisiones del Congreso capitalino acciones de protección a la infancia relativos a los derechos sucesorios en la adopción simple, así como mantener la legitimidad de la persona aún tras modificaciones en su acta de nacimiento relacionadas con su identidad de género.
La Comisión de Procuración y Administración de Justicia analizó la iniciativa que propone reformar el artículo 1612, y se deroga el 1613, ambos del Código Civil local promovido por la diputada del PAN Frida Jimena Guillén Ortiz.
Esto con el objetivo de armonizar la norma y no se trastoquen los derechos sucesorios, pues se establecía que el adoptado hereda como hijo, pero en la adopción simple no hay derecho de sucesión entre el adoptado y los parientes del adoptante.
El segundo dictamen se refiere a la iniciativa ante el Congreso de la Unión para hacer adiciones al Código Nacional de Procedimientos Civiles y Familiares, promovida por la diputada de Morena, Valentina Batres Guadarrama.
Lo que se busca es estipular que la expedición de una nueva acta de nacimiento no extingue ni modifica los derechos y obligaciones contraídos con anterioridad a los procedimientos de reconocimiento de identidad de género, o de reasignación por concordancia sexo genérica, incluidos los provenientes del derecho de familia en todos sus órdenes y grados.
Finalmente se aprobó un dictamen que plantea cambios al Código Civil de esta ciudad para garantizar la individualización de la identidad de las personas físicas, el legislador Alberto Martínez Urincho dijo que la identidad se construye socialmente y el nombre es un derecho humano inalienable.
La propuesta establece que se puede realizar la rectificación de un registro si se requiere corregir algún dato esencial; en caso de homonimia del sustantivo propio y apellidos o si se causa perjuicio en la individualización de la identidad personal.
Además, se especifica que la rectificación de las actas del estado civil procede cuando en el levantamiento del acta correspondiente, se deban subsanar datos esenciales.