“No hay ni censura ni espionaje” en la Ley de Telecomunicaciones y Radiodifusión, afirmó la presidenta Claudia Sheinbaum, quien pidió hacer aclaraciones para contrarrestar las críticas a las modificaciones legislativas en torno a la entrega de información a quien sea investigado y lo referente a un “derecho de audiencias”.
José Peña Merino, titular de la Agencia de Transformación Digital y Telecomunicaciones, aseguró que “el artículo 183 del dictamen actual que se aprobó en Cámara de Senadores, y está ahora en la Cámara de Diputados, es exactamente igual de la Ley de Telecomunicaciones y Radiodifusión, es exactamente igual a la ley vigente, que fue aprobada en 2014 por PAN y PRI”. Afirmó que los operadores en cuestión de líneas de comunicación están obligados a colaborar con las autoridades de seguridad y procuración de justicia en los términos que establecen las leyes sobre el tema.
“No plantea ninguna posibilidad de acceso ni al nuevo regulador ni por supuesto a la agencia, y además el artículo 182 del dictamen de la Ley de Telecomunicaciones y Radiodifusión, que corresponde al 189 de la ley vigente, dispone que la colaboración se hará mediante mandamiento escrito, fundado y motivado de la autoridad competente”, dijo.
El artículo indica: “Los concesionarios de telecomunicaciones y en su caso los autorizados que determine la comisión deberán colaborar con las instancias de seguridad, procuración y administración de justicia en la localización geográfica en tiempo real de los equipos terminales en los términos que establezcan las leyes. Cualquier omisión o desacato a estas disposiciones será sancionada por la autoridad en los términos de lo previsto por la legislación penal aplicable”.
También, cuando el Ministerio Público considere necesaria la localización geográfica en tiempo real o entrega de datos conservados por los concesionarios de telecomunicaciones, los proveedores de servicios de aplicaciones y contenidos de los equipos de comunicación móvil asociados a una línea que se encuentra relacionada con los hechos que se investigan, podrán ser citados para que den a la autoridad la información solicitada para el desahogo de dichos actos de investigación.
“Los datos conservados a que se refiere este párrafo se destruirán en caso de que no constituyan medio de prueba idóneo o pertinente”, afirmó Peña Merino.
“Lo que hace la nueva Ley en materia de Telecomunicaciones y Radiodifusión, como lo hacía la ley anterior, es simplemente referir a operadores que deben colaborar en los términos de la ley y los términos de la ley, pues es el Código de Procedimientos Penales que establece con toda claridad la necesidad de solicitar a un juez de control la autorización para este mecanismo”, expuso.
Al hablar sobre la censura que se acusa, el funcionario dijo que “tiene que ver con los derechos de las audiencias”.
“La audiencia inicia una queja ante el defensor de audiencias de cada medio y a partir de ello la autoridad, si así procede, hace un apercibimiento a los medios, pues para que se apeguen a los derechos de las audiencias. ¿Y cuáles son centralmente los derechos de las audiencias? Contenidos diversos, no discriminación, igualdad de género, distinguir entre publicidad y contenido y todo lo que corresponde a programación infantil”.
En cuanto a la suplantación de identidad con los nuevos mecanismos, aseguró también que “BMX no permite suplantar la identidad de nadie por tres razones muy sencillas. Uno, no puedes iniciar y concluir un trámite por completo, simplemente con la llave MX como está hoy”, al tiempo que dijo que “se requiere siempre en los trámites en los que está asociado, de hecho, hay alrededor de 70 trámites en los que está asociado hoy y a BMX”, aunque siempre se requiere una documentación adicional que revisa un servidor público para acreditar la identidad.
“Evidentemente con una identidad digital en forma y otros mecanismos de seguridad, pues esto, por supuesto, se tendrá muchos más candados y eso es algo en lo que se está trabajando”, enfatizó el servidor público.