El Consejo de Representantes de la Comisión Nacional de los Salarios Mínimos (Conasami) acordó que para 2026 se incremente el salario mínimo general en 6.5% con un Monto Independiente de Recuperación de 17 pesos.
Con lo que el salario mínimo general pasará de 278 pesos hasta los 315.04 desde el primero de enero de 2026.
De acuerdo con los integrantes de los sectores patronal, trabajadores y gobierno, la Zona Libre de la Frontera Norte sólo tendrá un incremento en el porcentaje de 5%; y se eliminará el MIR, por lo que el salario pasará de 419 pesos diarios a 440.87 pesos para 2026.
En la Zona Libre de la Frontera Norte, el ajuste será más moderado: un 5%, pasando de 419.88 a 440.87 pesos diarios. Esto equivale a un salario mensual aproximado de 9,451 pesos en la zona general (considerando 30 días) y 13,226 pesos en la frontera.
Reducción de la jornada laboral a 40 horas
El anuncio, realizado junto al secretario del Trabajo y Previsión Social, Marath Bolaños, también incluyó la confirmación de la reducción gradual de la jornada laboral a 40 horas semanales, iniciando en 2026 como parte de la reforma laboral impulsada por el gobierno.
El 1 de enero de 2027 se hace efectiva la primera reducción de 2 horas a la jornada laboral.
En la Constitución se determina una reducción de dos horas anuales de la jornada ordinaria,
la cual se hará efectiva el 1° de enero de cada año conforme a lo siguiente:
Jornada extraordinaria
De acuerdo con el anuncio gubernamental, se establece la posibilidad de trabajar de 9 a 12 horas extraordinarias a la semana de manera voluntaria. Las cuales podrán distribuirse en hasta cuatro horas diarias, en un máximo de cuatro días en ese periodo.
-Se introduce la prohibición del trabajo de tiempo extra para menores de edad.
-Se establece en la Ley Federal del Trabajo un tope máximo de 4 horas triples, mismo que anteriormente no existía.
Registro electrónico
-Con la finalidad de vigilar el cumplimiento de la nueva jornada laboral de 40 horas en los centros de trabajo, se adiciona como obligación de las personas empleadoras el registro electrónico de la jornada laboral.
-Permitirá que efectivamente se cumpla con las horas de trabajo ordinarias y extraordinarias.
-La Secretaría del Trabajo y Previsión Social emitirá las disposiciones que regularán este registro.

