El diputado Roberto Ángel Domínguez Rodríguez, del Grupo Parlamentario de Morena, propuso una iniciativa que adiciona el artículo 66 Bis a la Ley General de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes, en materia de prevención de riesgos en entornos digitales, a fin de promover lineamientos, acciones y recursos que orienten a las autoridades y plataformas hacia prácticas responsables.
El documento explica que el acelerado crecimiento del ecosistema digital ha transformado profundamente la manera en que niñas, niños y adolescentes se relacionan con la información, el entretenimiento, el aprendizaje y la socialización. Esta realidad supone oportunidades importantes, pero también plantea riesgos previamente inexistentes y que hoy son parte cotidiana de la vida de la niñez y adolescencia.
Refirió que, de acuerdo con UNICEF (2023), más del 70 por ciento de los menores de edad en América Latina utilizan diariamente un dispositivo con acceso a internet, siendo México uno de los países con mayor penetración digital en la región. En este contexto, la publicidad comercial dirigida a menores se ha convertido en un fenómeno masivo y altamente sofisticado.
Detalló que, a diferencia de la publicidad tradicional, la publicidad digital utiliza segmentación algorítmica, inteligencia artificial, análisis de datos, microtargeting y técnicas persuasivas automatizadas, que permiten orientar mensajes a grupos específicos incluso sin que la persona usuaria sea consciente de ello. Estas prácticas, se indicó, pueden tener consecuencias significativas en la salud física, emocional y social de las personas menores de edad, especialmente cuando los productos o servicios promovidos implican riesgos para su bienestar.
Explicó que la Organización Mundial de la Salud (OMS, 2022) señaló que la exposición constante a publicidad de alimentos con alto contenido calórico y bajo valor nutricional incrementa las probabilidades de sobrepeso y obesidad infantil. Asimismo, la Organización Panamericana de la Salud (OPS) documentó que México se encuentra entre los primeros lugares en consumo infantil de bebidas azucaradas y snacks ultraprocesados, influyendo directamente en enfermedades crónicas de inicio temprano.
Por otra parte, el crecimiento de plataformas de apuestas en línea, videojuegos con mecánicas de azar y casinos digitales representa un riesgo significativo para niñas, niños y adolescentes. Refirió que el Reino Unido, España y Australia ya han regulado los llamados “juegos de apuesta digitales”, reconociendo que la exposición a este tipo de publicidad incrementa la probabilidad de desarrollar conductas adictivas en etapas posteriores de la vida.
A su vez, diversos organismos internacionales han advertido sobre la necesidad urgente de regular la publicidad digital hacia menores. Sin embargo, en México, este vacío normativo coloca a la niñez en un escenario de vulnerabilidad frente a algoritmos que priorizan rentabilidad comercial sobre bienestar infantil. Por lo anterior, la presente iniciativa propone adicionar el artículo 66 Bis, con el objetivo de fortalecer entornos digitales seguros, saludables y empáticos con las necesidades de niñas, niños y adolescentes.
“La propuesta no parte de la prohibición absoluta, ni busca un enfoque sancionador o punitivo; por el contrario, incorpora una visión preventiva, corresponsable y humanista, que reconoce el papel del Estado, las plataformas digitales, las familias y la sociedad en general para acompañar la formación digital de la niñez”, sostiene.
El texto propone medidas para evitar que niñas, niños y adolescentes sean expuestos a publicidad de productos que comprometen su salud —como alimentos ultraprocesados— o que, por su naturaleza, pueden inducir comportamientos de riesgo —como los juegos de apuesta en línea
De igual forma, la iniciativa fomenta la creación de entornos digitales más seguros mediante la participación activa de instituciones públicas, plataformas digitales y anunciantes, pero también mediante la educación y orientación de madres, padres, tutores y cuidadores.

