Pese a que la autoridad fiscalizadora del SAT advirtió que no tiene una campaña específica contra el método de ahorro o financiamiento informal conocido como tanda, especialistas fiscales advirtieron que este tipo de mecanismos sí pueden prender las alarmas de la autoridad. Esto ocurre especialmente cuando los recursos son depositados a cuentas bancarias y superan los 15 mil pesos en efectivo. En entrevista, el contador Jesús Guillermo Mendieta González, vocero del Colegio de Contadores Públicos de México, recordó que es obligación de todos pagar tributaciones por los ingresos que reciban, independientemente de su origen.
“Porque la autoridad fiscal no va a saber si lo recibe por tanda o lo recibe porque está prestando sus cuentas bancarias para llevar a cabo un acto ilícito, o por qué lleva a cabo operaciones extraoficiales como la venta de productos en sus tiempos libres o porque es un comerciante que no está dado de alta en el Registro Federal de Contribuyentes (RFC)… el que debe dar las explicaciones y las justificaciones es el contribuyente. Lo que busca la autoridad es cumplir con un mandamiento constitucional en donde todos los mexicanos estamos obligados a pagar un tributo al Estado”.
Señaló que, tras recientes modificaciones a la ley, cada día 17 de cada mes, las instituciones crediticias tienen la obligación de reportar a la autoridad hacendaria aquellos depósitos en efectivo que sobrepasaron los 15 mil pesos, mismos que deben estar justificados y tributar lo correspondiente al Impuesto Sobre la Renta (ISR).
“Lo que busca el Servicio de Administración Tributaria (SAT) es el cálculo de los impuestos de forma correcta; no son sobre un ingreso en particular, son sobre todos los ingresos que tú recibas y que aumenten tu patrimonio. Se suma la parte de sueldos y salarios, dividendos, enajenación de acciones o de casa habitación, y también se suma la parte de otros ingresos, que serían las tandas. La autoridad pidió a las instituciones financieras que den aviso de forma mensual de aquellos movimientos pagados en efectivo que rebasen la cantidad de los 15 mil pesos “.
En suma, un contribuyente que reciba este tipo de tandas ya sea prestando su cuenta para recibirlas o utilizándola habitualmente para este fin, puede entrar en ese supuesto y ser requerido por la autoridad. El especialista recomendó que, si se busca un método de ahorro o financiamiento, es mejor recurrir a uno formal para evitar riesgos fiscales.

