Diputados aprueban reforma para ampliar definición de abuso sexual y perseguirlo de oficio

Con 431 votos a favor y por unanimidad, el pleno de la Cámara de Diputados aprobó reformas a los artículos 260 y 266 Bis del Código Penal Federal para ampliar y precisar la definición del delito de abuso sexual, establecer que se perseguirá de oficio y colocar el consentimiento en el centro de la ley.

El dictamen, enviado previamente por el Senado, fue avalado en sesión y turnado al Ejecutivo Federal para su publicación en el Diario Oficial de la Federación y su posterior entrada en vigor.

La modificación establece con claridad que comete abuso sexual quien, sin el consentimiento de la víctima y sin intención de llegar a la cópula, realice cualquier acto de naturaleza sexual, ya sea en público o en privado.

La nueva redacción incluye:

  • Tocamientos, caricias o roces corporales.
  • Exhibiciones o representaciones sexuales explícitas.
  • Obligar a la víctima a observar actos sexuales.
  • Forzarla a ejecutarlos sobre sí, para un tercero o para el agresor.
  • Obligarla a exhibir su cuerpo.

Además, el delito se perseguirá de oficio, es decir, las autoridades podrán investigarlo sin necesidad de que exista una denuncia formal de la víctima.

El presidente de la Comisión de Justicia, Julio César Moreno, explicó que la reforma elimina ambigüedades legales y define con precisión el consentimiento.

Subrayó que:

El silencio, la pasividad o la falta de resistencia física jamás podrán interpretarse como consentimiento.

La ley establece que el consentimiento debe ser libre, voluntario y plenamente válido, y no existe cuando la voluntad esté anulada por violencia, intimidación, engaño, amenazas, abuso de confianza, abuso de autoridad o cualquier situación de vulnerabilidad.

Durante el debate, el diputado del PVEM, Carlos Madrazo, señaló que, según el Secretariado Ejecutivo del Sistema Nacional de Seguridad Pública, en México se denuncian más de 25 mil delitos sexuales al año, siendo el abuso sexual uno de los más frecuentes.

Sin embargo, destacó que la “cifra negra” supera el 90%, ya que muchas víctimas no denuncian por miedo, vergüenza o desconfianza en las instituciones.

La reforma establece que el abuso sexual será sancionado con:

  • Tres a siete años de prisión
  • Multa de 200 a 500 Unidades de Medida y Actualización (UMA)

La pena aumentará hasta nueve años de cárcel cuando:

  • Se cometa con violencia física o psicológica.
  • Participen dos o más personas.
  • Ocurra en un lugar despoblado o de difícil acceso.
  • Exista relación de confianza, parentesco, vínculo laboral, docente, religioso o sentimental.
  • El agresor tenga custodia, tutela o responsabilidad sobre la víctima.
  • Sea servidor público, profesionista o ministro de culto.
  • La víctima esté bajo efectos de alcohol o sustancias, embarazada o en puerperio.
  • El delito se cometa por motivos de género, orientación sexual o identidad de género.

La diputada Anais Burgos afirmó que la reforma “cierra rendijas” que antes favorecían la impunidad.

La legisladora de Morena, Julieta Kristal Vences Valencia, destacó que la persecución de oficio facilitará la denuncia y fortalecerá el acceso a la justicia.

Por su parte, el diputado del PRI, Emilio Suárez, respaldó la claridad sobre la inexistencia de consentimiento cuando la voluntad esté viciada.

La panista Ana María Balderas reconoció que la reforma envía un mensaje claro contra la violencia sexual, aunque cuestionó la reducción del rango de penas respecto a la legislación anterior.

El documento también contempla que la persona sentenciada deberá:

  • Asistir a talleres reeducativos con perspectiva de género y no violencia contra las mujeres, o
  • Realizar servicio social en favor del Estado o instituciones de beneficencia pública.

Con esta reforma, el Congreso busca fortalecer la protección