La diputada federal Silvia Patricia Jiménez Delgado, propuso reformar los artículos 335 y 340, así como adicionar un artículo 335 Bis al Código Penal Federal, con el objetivo de establecer de manera expresa la protección penal de las personas adultas mayores y de las personas con discapacidad frente a situaciones de abandono que pongan en riesgo su vida o integridad.
La legisladora señaló que el crecimiento de la población adulta mayor y las situaciones de vulnerabilidad que pueden enfrentar hacen necesario fortalecer el marco jurídico para garantizar sus derechos y evitar que el abandono quede fuera de una protección penal específica.
La propuesta plantea modificar el artículo 335 para incorporar a las personas adultas mayores y a las personas con discapacidad dentro de los supuestos de abandono cuando quien tenga la obligación de cuidarlas incumpla con ella. Asimismo, adiciona el artículo 335 Bis para establecer una sanción cuando una persona que no tenga formalmente la obligación de cuidado, pero tenga bajo su resguardo a una persona adulta mayor, con discapacidad, a un niño o a una persona enferma, la abandone y no dé aviso a la autoridad para encontrar a quien deba hacerse cargo.
También se plantea reformar el artículo 340 para establecer la obligación de dar aviso inmediato a la autoridad o prestar el auxilio necesario, cuando pueda hacerse sin riesgo personal, en los casos en que una persona encuentre abandonado a un niño, una persona adulta mayor, una persona con discapacidad, una persona herida o alguien amenazado por algún peligro.
Silvia Patricia Jiménez sostuvo que la reforma parte de la necesidad de reconocer que las personas adultas mayores y las personas con discapacidad son titulares plenos de derechos, por lo que la edad o la discapacidad no deben asociarse automáticamente con incapacidad, sino que la protección debe atender a las circunstancias concretas y a la existencia de una obligación de cuidado.
“Hablar de personas adultas mayores y de personas con discapacidad no significa hablar automáticamente de dependencia o incapacidad, significa hablar de personas titulares de derechos, reconocer su autonomía y al mismo tiempo establecer mecanismos claros de protección cuando una persona se encuentra en una situación concreta de dependencia, cuidado o resguardo y es abandonada de manera injustificada.”, señaló.
La iniciativa precisa que su propósito no es criminalizar las dificultades familiares, las situaciones de pobreza ni aquellas circunstancias en las que exista una imposibilidad material justificada para proporcionar determinados cuidados. Por el contrario, plantea que la conducta sancionable debe centrarse en el abandono injustificado de una persona que depende de determinados cuidados y que, como consecuencia de ese abandono, sea colocada en una situación de peligro o desprotección, atendiendo a los principios de legalidad, proporcionalidad y mínima intervención del derecho penal.
La diputada panista destacó que actualmente el capítulo VII del Título Decimonoveno del Código Penal Federal, relativo al “Abandono de personas”, contempla determinados supuestos de protección, pero no incorpora expresamente a las personas adultas mayores ni a las personas con discapacidad como parte de estas disposiciones.
Por ello, consideró necesario actualizar el marco penal para cerrar este vacío y brindar mayor certeza jurídica, particularmente cuando el abandono pueda comprometer bienes jurídicos como la vida, la integridad física y psicológica, la salud, la seguridad y la dignidad de las personas.
“Esta iniciativa busca dar mayor certeza a la ley, precisar responsabilidades y colocar en el centro tres bienes fundamentales: la vida, la integridad y la dignidad de las personas. Desde Acción Nacional ponemos en el centro las personas adultas mayores y las personas con discapacidad para que ninguna persona en el momento en que más lo necesite se quede desprotegida, porque merecen cuidado, respeto y dignidad hasta el último día”, concluyó.

