El Diario Oficial de la Federación (DOF) publicó el decreto por el que se reforman y adicionan los artículos 82, 116 y 122 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, en materia de nacionalidad única para el ejercicio de la titularidad de los Poderes Ejecutivos Federal y Locales.
En un artículo transitorio del decreto, el cual entrará en vigor mañana jueves 8 de octubre, se señala que lo dispuesto en éste será aplicable a partir del proceso electoral correspondiente al año 2028.
El pasado 22 de septiembre, el Pleno de la Cámara de Diputados aprobó por mayoría calificada reformar la Constitución Política para establecer dentro de los requisitos para ser presidente o presidenta de la República, gobernador o gobernadora, jefe o jefa de Gobierno de la Ciudad de México, el no tener ni adquirir otra nacionalidad y, en caso de tenerla, renunciar a ella previo a solicitar su registro como candidato o candidata en los términos que establezca la ley.
El dictamen deriva de una iniciativa presentada por la presidenta de la República, Claudia Sheinbaum Pardo.
En consecuencia, el decreto publicado en la edición vespertina del DOF, es el siguiente:
https://dof.gob.mx/nota_detalle.php?codigo=5800617&fecha=07/10/2026#gsc.tab=0

